Vamos a calcular la Pensión por
Incapacidad Permanente Absoluta con arreglo a los siguientes:
Datos del trabajador
- Edad 39 años (nacido el 24 de febrero
de 1968)
- Trabajador que sufre un accidente
de trabajo (contingencia profesional)
- Dictamen propuesta del Equipo de
Valoración de incapacidades de fecha 3 de enero de 2007 y posterior
declaración de 3 de febrero del mismo año, del INSS declarándole
afecto de Incapacidad Permanente Absoluta
- No reúne los requisitos para causar
derecho a la pensión de jubilación
- Las percepciones salariales de los
dos últimos años ascienden a 13.522,78 euros anuales, distribuidas
como sigue:
- Salario base
10.818,22 euros
- Plus de peligrosidad 601,01 euros
- Pagas extras 1.803,04 euros
- Horas extraordinarias 300,51 euros
Requisitos:
- Está afiliado y el alta al Régimen
General
- Al derivarse de contingencia profesional
no se requiere período mínimo de cotización
Cuantía
de la prestación
La base reguladora
comprenderá la totalidad de percepciones salariales percibidas por
el trabajador durante el año inmediatamente anterior al siniestro
causante del accidente de trabajo. Así se computarán el Salario
base, pluses, pagas extras, horas extraordinarias, etc.
En nuestro caso, las
retribuciones a considerar importan un total de 13.522,78 euros
El resultado se dividirá
por 12
13.522,78 / 12
= 1.126,90
Porcentaje aplicable:
El 100%
La pensión será entonces de 1.126,90
euros al mes, retrotrayéndose a la fecha del hecho causante: en
este caso a 3 de enero de 2007, fecha del dictamen del Equipo de
Valoración de Incapacidades. |