¿Cómo se calcula la Pensión por Gran Invalidez?


Vamos a calcular la Pensión por Gran Invalidez con arreglo a los siguientes datos:
Datos del trabajador:

  • Edad: 49 años (fecha de nacimiento 7 de julio de 1952)
  • En alta en el Régimen General desde 1 de julio de 1978
  • Trabajador que solicita en fecha 1 de septiembre de 2001, pensión por Incapacidad Permanente tras sufrir accidente no laboral
  • El EVI emite dictamen propuesta el primero de octubre de 2001, recayendo posterior resolución de la Dirección Provincial del INSS por la que se declara al trabajador en situación de Incapacidad Permanente en grado de Gran Invalidez (1 de noviembre del mismo año)

Requisitos

  • Afiliado y en situación de alta. No es requisito imprescindible para causar derecho a esta prestación , pero sí es determinante a efectos de calcular la base reguladora
  • Al derivar la situación de accidente no laboral no se exige período mínimo de cotización

Cuantía de la prestación

  • Base reguladora

Siendo la incapacidad consecuencia de accidente no laboral y estando el trabajador en situación de alta, la base reguladora se calculará sumando las bases de cotización del trabajador durante un período ininterrumpido de 24 meses, elegidos por el interesado, dentro de los siete años anteriores al hecho causante, y dividiendo la suma total entre 28.

Suponiendo que la elección del trabajador arrojara una cantidad de 21.876,84 euros, tendríamos:

                                               21.876,84 / 28 = 781,32 euros

  • Porcentaje a aplicar sobre la base reguladora

El porcentaje a aplicar es de un 100%, dándose la posibilidad:

  • De incrementar la resultante en un 50% destinado a remunerar a la persona que atiende al inválido:

    781,32 + (781,32 x 50%) = 1.171,98 euros/mes

Lo anterior puede sustituirse, a petición del interesado, por el alojamiento y cuidado a cargo de alguna institución asistencial de la Seguridad Social.