Vamos a calcular
la Prestación
económica por Maternidad con arreglo a los siguientes
datos:
Datos de la trabajadora:
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Edad: 32 años.
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Encuadrada en
el Régimen General de la Seguridad Social desde octubre de
1999.
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El día 8 de noviembre
de 2003 inicia el descanso previo al parto, que se prevé se
producirá el 11 del mismo mes.
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Da a luz el día
14 de noviembre
de 2003.
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Retribución de
carácter mensual y con una base de cotización por contingencias
comunes en el mes de octubre de 2003, de 1081,82 euros/mes
Requisitos:
- Afiliada y en situación de alta
en el momento del inicio del descanso por maternidad.
- Acredita sobradamente un período
mínimo de cotización de 180 días dentro de los 7 años anteriores
al inicio del periodo de descanso.
Base
reguladora
- Será el resultado de dividir la
base de cotización por contingencias comunes del mes anterior
al inicio del descanso por el número de días cotizados en dicho
mes. En este caso, al tener retribución mensual el divisor será
30 (días)
- 1081,820 / 30 = 36,06 euros/día
Porcentaje aplicable
y duración de la prestación
- Será el 100 por 100 desde el mismo
día de inicio del descanso
- 36,06 x 100% = 36,06 euros/día
Se establece un duración
máxima para los períodos de descanso por maternidad de 16 semanas
en total, debiendo reservarse seis de ellas para después del parto,
por lo que en el supuesto al agotar la interesada las 16 semanas. |