El trabajador nació el 1-1-1942. Empezó a trabajar el 1-1-1962. Cesó en el trabajo el 1-1-2007 solicitando la jubilación.
El trabajador acredita haber cotizado ininterrumpidamente desde que empezó a trabajar hasta que cesó en su trabajo.
- Ha cumplido 65 años.
- Acredita una cotización superior a la exigida de quince años, de los cuales dos deben estar entre los últimos quince.
- La base reguladora de la pensión de jubilación para 2007 se determinará dividiendo las bases de cotización de los últimos 180 meses (15 años) entre 210.
Las bases de cotización de los últimos 24 meses se tomarán por su valor nominal. Las anteriores deberán actualizarse con arreglo al IPC.
La suma de las bases de cotización computables para el cálculo de la pensión de jubilación, debidamente actualizadas, asciende a 142.188,98 euros
189.277,20
Base reguladora = ------------------ = 901,32 euros/mes
210
- A la base reguladora hay que aplicarle un porcentaje que estará en función de los años cotizados.
Para determinar los años cotizados se procederá de la siguiente manera:
- Días efectivamente cotizados a partir del 1 de enero de 1962: 45 años.
- Cotización que se le debe imputar según la edad que tenía el 1-1-1967 (25 años): 3 años y 157 días. (Ver tabla)
Los años cotizados serán en total más de 48 años. Como cualquier fracción de año se redondea a año completo, el trabajador acredita 49 años de cotización.
- El porcentaje aplicable a un periodo de 49 años de cotización es del 100% de la base reguladora.
La pensión será de 100% de 901,32 = 901,32 euros/mes
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