Solicitud de excedencia voluntaria

Cuestión:

Me gustaría saber qué requisitos son necesarios para poder solicitar una excedencia voluntaria. En mi caso llevo trabajando en mi empresa desde hace algo más de 2 años y tengo un contrato indefinido. ¿Podría solicitar dicha excedencia y si es así durante cuanto tiempo? ¿Podría negarse la empresa a concedérmela?

Contestación:

Los trabajadores tienen derecho a solicitar una excedencia voluntaria, sin necesidad de alegar causa alguna, siempre que reúnan los siguientes requisitos:

- Tener, al menos, una antigüedad en la empresa de un año.

- Solicitarla por un plazo no menor a 4 meses y no mayor a 5 años.

- Este derecho sólo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo trabajador cuando hayan transcurrido 4 años desde el final de la anterior excedencia.

El trabajador que reúna todos los requisitos legales comentados, puede solicitar una excedencia voluntaria, teniendo la empresa la obligación de concedérsela independientemente de cuales sean los motivos por los que se solicite. Pero pese a ello, la excedencia voluntaria ha de ser concedida por la empresa y no puede ser decidida unilateralmente por el trabajador, quien, si la empresa incumple su deber de concederla, podrá ejercitar las acciones judiciales pertinentes para el reconocimiento de su derecho.

Durante el tiempo de excedencia el vínculo laboral no se extingue, sino que se suspende, de forma que las partes se exoneran de sus obligaciones recíprocas de trabajar y remunerar el trabajo. No obstante, se mantiene la obligación por parte del trabajador de no concurrir con la actividad de la empresa. Este periodo no computará a efectos de antigüedad.

Por último, debe tener en cuenta que cuando solicite a la empresa su reingreso, usted no tendrá derecho a reincorporarse automáticamente a su puesto de trabajo, pues en el caso de la excedencia voluntaria, el Estatuto de los Trabajadores establece que el trabajador conserva sólo un derecho preferente al reingreso en las vacantes de igual o similar categoría a la suya.