Compatibilidad entre excedencia voluntaria y un nuevo trabajo

Cuestión:

¿puede un trabajador en situación de primer año de excedencia por cuidado y atención de un hijo prestar sus servicios como asalariado para otra empresa que no sea competencia directa de la primera, sin perder sus derechos de reserva de puesto de trabajo en el momento de su reincorporación?

Contestación:

No existe ningún obstáculo que le impida trabajar para otra empresa durante el periodo de excedencia voluntaria para el cuidado de hijos.

La excedencia voluntaria para el cuidado de hijos viene regulada en el art. 46.3 del Estatuto de los Trabajadores como causa de suspensión del contrato de trabajo. La suspensión de un contrato de trabajo supone que el contrato continua, cesando sin embargo las obligaciones reciprocas de trabajar y retribuir el trabajo. Pero puesto que el vínculo permanece, subsisten algunos derechos y deberes básicos entre empresario y trabajador, como puede ser el deber del trabajador de no practicar concurrencia desleal. Pero en ningún caso implica la posibilidad de que usted no pueda firmar un contrato o desempeñar otros trabajos que no supongan competencia directa con la empresa.

Conservará los derechos que le otorga la ley, como puede ser el derecho a la reincorporación a la empresa y de reserva del puesto de trabajo durante el primer año, de forma que la negativa del empresario a reintegrarle en su puesto de trabajo debe ser considerada como despido improcedente.

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