Cuestión:
Acabo de tener un hijo y estoy pensando en solicitar la excedencia por maternidad. Me gustaría saber qué duración tiene este tipo de excedencia y si conservaría después mi puesto de trabajo.
Contestación:
La excedencia para el cuidado de un hijo tiene una duración máxima de tres años a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa.
A estos efectos es indiferente que el hijo lo sea por naturaleza, por adopción, o por acogimiento permanente o preadoptivo, aunque éstos sean provisionales.
Los sucesivos hijos, darán derecho a un nuevo periodo de excedencia que, de ejercitarse, pondrá fin al que se viene disfrutando.
Durante el primer año el trabajador tiene derecho a la reserva del mismo puesto de trabajo, de modo que el reingreso del trabajador durante el primer año de excedencia es automático y no supeditado a la existencia de vacante Durante los dos años restantes tendrá derecho únicamente a la reserva de un puesto del mismo grupo profesional o categoría equivalente.
No obstante, cuando el trabajador forme parte de una familia que tenga reconocida oficialmente la condición de familia numerosa, la reserva de su puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de 15 meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general, y hasta un máximo de 18 meses si se trata de categoría especial. |