¿Cuáles con los regímenes de la Seguridad Social?

Dentro del Sistema de la Seguridad Social coexisten una pluralidad de regímenes. La especial naturaleza de determinadas actividades profesionales ha determinado que junto al Régimen General existan una serie de Regímenes Especiales.

Régimen General

En el Régimen General estarán incluidas las personas mayores de 16 años y extranjeros que residan o se encuentren actualmente en España, cualquiera que sea su sexo, estado civil y profesión, siempre que concurra en ellos la condición de trabajadores por cuenta ajena, en las distintas ramas de la actividad económica, incluidos los que lo sean a domicilio y comprendidos los eventuales de temporada o fijos, incluso de trabajo discontinuo, sea cual fuere la categoría profesional y la forma y cuantía de la remuneración que perciban.

Regímenes Especiales:

  • Régimen de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos

Quedarán comprendidos en este régimen especial todos los trabajadores autónomos que sean españoles residentes en España o extranjeros que residan o se encuentren legalmente en España, mayores de 18 años, que ejerzan su actividad en territorio nacional. A estos efectos, se entiende por trabajador autónomo aquél que de forma habitual, personal y directa, realiza una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción por ello a un contrato de trabajo y aunque utilice el servicio remunerado de otras personas. Desde el 1 de enero de 2008, quedan integrados en el Régimen de Autónomos los trabajadores por cuenta propia agrarios, hasta ese momento incluidos en el Régimen Especial agrario.

  • Régimen Especial Agrario

Estarán incluidos en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social, todos los trabajadores por cuenta ajena, que de forma habitual realicen labores agrarias propiamente agrícolas, forestales o pecuarias, dentro del territorio nacional.

  • Régimen Especial de Trabajadores del Mar

Quedarán comprendidos en este Régimen Especial los trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia dedicados a actividades marítimo-pesqueras.

  • Régimen Especial de Empleados de Hogar

Estarán incluidos en él todos las personas mayores de dieciséis años que se dediquen en territorio nacional a prestar servicios exclusivamente domésticos para uno o varios cabezas de familia, en la casa que constituya el hogar del cabeza de familia, a cambio de una remuneración de cualquier clase que sea.

  • Régimen Especial de la Minería del Carbón

Quedan comprendidos en este régimen especial los trabajadores por cuenta ajena de las Empresas dedicadas a la minería del carbón y actividades complementarias de la misma.